Las consideraciones de la protesta social como derecho humano y la obligación del Estado de respetarlo1
Palabras clave:
protesta social, derecho humano, criminalización, represión, obligación de respetar, protesta digital, democraciaResumen
La protesta social es un derecho humano que al ser ejercido por los ciudadanos, tanto en su ejercicio individual como colectivo, tiende a afectar la esfera jurídica de otros, por lo que su reconocimiento conlleva el análisis ponderado de los supuestos en los que estas protestas vulneran los derechos fundamentales de otros ciudadanos en el ejercicio de ese derecho, así como la tutela que realiza el Estado en cumplimiento de su obligación de respetarla, evitando tres cuestiones: obstaculización, represión e impunidad.
Citas
Banco Mundial (2019), “Informe sobre el desarrollo mundial de las telecomunicaciones (tic) y base de datos”. Recuperado de https://datos.bancomundial.org/indica- dor//it.net.user.zs?view=map&locations=HK-MX.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2009), “Informe sobre seguridad ciu- dadana y derechos humanos”. Recuperado de https://www.cidh.oas.org/pdf%20 files/SEGURIDAD%20CIUDADANA%202009%20ESP.pdf.
——— (2015), “Criminalización de la labor de las defensoras y los defensores de derechos humanos”. Recuperado de http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/criminali- zacion2016.pdf.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de http://www.dipu-
tados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_080520.pdf.
Frenkiel, É. (2019), “El nacionalismo digital de China y las protestas en Hong Kong. Entre-
vista a Florian Schneider”, Revista Nueva Sociedad, Tribuna Global, 284(107), pp.
-36. Recuperado de https://nuso.org/articulo/el-nacionalismo-digital-de-chi-
na-y-protestas-en-hong-kong/Jiménez.
Jiménez Aristizabal, Amaia, Darío Páez Rovira y Federico Javaloy Mazón (2005), “Corre- latos psicosociales de la participación en manifestaciones después del atentado de
de marzo”, Revista de Psicología y Social, 0(3), pp. 263-275.
Lanuza, D. (2013), “La democracia representativa y las tecnologías de la información y comunicación (tic). Hacia un análisis de consolidación democrático para el caso mexicano”, en G. Caldera et al. (2013), La respuesta organizacional en busca de una sociedad más incluyente. Nuevos avatares, Distribuciones Fontamara, México.
Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Recuperado de http://www.dipu-
tados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP_270519.pdf.
Nikkel, P. (1997), “Seminario sobre derechos humanos”, Instituto Interamericano de Dere-
chos Humanos, San José, Costa Rica.
Organización de las Naciones Unidas (2016), Derechos humanos. Manual para parlamenta-
rios, núm. 26, Courand et Associés, Suiza.
Suprema Corte de Justicia de la Nación (2014), “Acción de inconstitucionalidad 96/2014”.
Recuperado de https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/actas-sesiones-publi-
cas/documento/2016-11-17/80-819134141-0001_0.pdf.
Tello Leal, Edgar (2014), “La brecha digital: índices de desarrollo de las tecnologías de la información y las comunicaciones en México”, Ciencias de la Información, vol. 45, núm. 1, enero-abril, p. 44.