Los organismos públicos de derechos humanos a nivel municipal: un tema pendiente
Palabras clave:
derechos humanos, organismos públicos, nivel municipal, reforma constitucionalResumen
La reforma constitucional del 10 de junio del 2011 comprometió a las autoridades mexicanas a ejercer sus facultades con pleno apego al respeto y promoción de los derechos humanos, contenidos no sólo en la Carta Magna sino en aquellas disposiciones internacionales de las que, en la materia, el Estado mexicano forme parte. Esto implica que las autoridades de los tres niveles de gobierno, federal, estatal y municipal tienen la misma obligación, en sus respectivas competencias, de exhortar a los ciudadanos a respetar los derechos humanos. No obstante, en el ámbito municipal existen casos aislados, constituyendo tal una grave ausencia, toda vez que el ayuntamiento es, precisamente, el más próximo al ciudadano, así, esta negativa de incorporación conlleva a la desprotección de la población en dicho ámbito.